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Solicitud de licencia de segregación y parcelacion

La Solicitud de Licencia de Segregación y Parcelación deberá presentarse para los siguientes actos de uso del suelo y del subsuelo:

  • Las parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación urbanística.

(Art. 142.2 de la Ley 2/2016, del 10 de febrero, del suelo de Galicia).

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

NOTA:  La documentación técnica tramitada a través de la plataforma de trabajos profesionales del COAG u otros colegios profesionales no tendrá que ser aportada; sólo se tendrá que indicar en la instancia el código correspondiente.

  • Solicitud de licencia de segregación y parcelación.
  • En caso de actuar en representación, copia de los documentos de identidad del representante y el solicitante, con la autorización escrita de ese último o copia del poder para representarlo (ver modelo). En el caso de presentación online, no es necesario aportar el documento de identidad del presentador (ni del interesado en el caso de utilizar un certificado electrónico de representación).
  • Proyecto Técnico (Básico y/o de Ejecución), visado por el correspondiente Colegio Profesional.
  • Documentación acreditativa de la titularidad del inmueble o terreno (en su caso).
  • Presupuesto desglosado de las actuaciones a realizar, con indicación de los materiales a utilizar, coste de los mismos, y coste de la mano de obra.
  • Proyecto sobre infraestructuras comunes en los edificios para acceso a los Servicios de Telecomunicaciones (cuando la normativa sectorial así lo exija).
  • Autorizaciones sectoriales previas preceptivas.
  • Justificante de pago de las tasas según la ordenanza vigente.
  • Justificante de pago de tasas según la/s ordenanza/s vigente/s. (ver)

Nombre: Solicitud de Licencia de Segregación y Parcelación.

Unidad tramitadora: Urbanismo.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Órgano de resolución: Junta de Gobierno.

Carácter silencio administrativo: Silencio negativo.

Plazo máximo notificación resolución: 3 meses.

Recurso aplicable: Potestativo de reposición / Contencioso administrativo.

Tasas/impuestos: Consultar las ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.