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Solicitud de licencia de edificación

La Solicitud de Licencia de Edificación deberá presentarse para los siguientes actos de uso del suelo y del subsuelo:

  • Los actos de edificación y uso del suelo y del subsuelo que, conforme a la normativa general de ordenación de la edificación, precisen de proyecto de obras de edificación.
  • Las intervenciones en edificios declarados bienes de interés cultural o catalogados por sus singulares características o valores culturales, históricos, artísticos, arquitectónicos o paisajísticos.
  • La ubicación de casas prefabricadas, piscinas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes.

(Art. 142.2 de la Ley 2/2016, del 10 de febrero, del suelo de Galicia).

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática, podrá descargar el impreso o impresos desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho impreso/s normalizado/s para presentar.

NOTA:  La documentación técnica tramitada a través de la plataforma de trabajos profesionales del COAG u otros colegios profesionales no tendrá que ser aportada; sólo se tendrá que indicar en la instancia el código correspondiente.

  • Solicitud de licencia de edificación.
  • Proyecto Técnico (Básico y/o de Ejecución), visado por el correspondiente Colegio Profesional.
  • Documentación acreditativa de la titularidad del inmueble o terreno (en su caso).
  • Presupuesto desglosado de las actuaciones a realizar, con indicación de los materiales a utilizar, coste de los mismos, y coste de la mano de obra.
  • Proyecto sobre infraestructuras comunes en los edificios para acceso a los Servicios de Telecomunicaciones (cuando la normativa sectorial así lo exija).
  • Autorizaciones sectoriales previas preceptivas.
  • Modelo de Estadística de Edificación y Vivienda
  • Autoliquidación Servicios Urbanísticos. (ver)

Nombre: Solicitud de Licencia de Edificación.

Unidad tramitadora: Urbanismo.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Órgano de resolución: Junta de Gobierno Local.

Carácter silencio administrativo: Silencio negativo.

Plazo máximo notificación resolución: 3 meses.

Recurso aplicable: Potestativo de reposición / Contencioso administrativo.

Tasas/impuestos: Consultar las ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.